No hay duda que la capacidad de las personas que esta designando Zulema Adams se verá demostrada en su administración, más aun cuando se tiene conocimiento de que existe la intención de realizar cambios de los administrativos de cada área del Ayuntamiento de Tecate, un experimento muy arriesgado ya que por años existen personas que conocen de fondo todo el proceso, y si consideramos que hay designados que no han estado nunca en la administración pública, será un reto muy elevado que puedan “Dar el ancho”, aun así existe en la creencia en los nuevos servidores públicos que ellos son la nueva transformación, sin considerar que solo cuentan con dos años para lograr todos los objetivos y programas, serán seis meses para aprender, un año para gobernar, y otros seis meses de campaña política.

En un documento entregado a la Lic. Nereida Fuentes González, Presidente Municipal de Tecate, Lic. Francisco Castro Trenti, Director de Seguridad Ciudadana de Tecate, y al Lic. Gerardo Sosa Minakata. Síndico Procurador de parte del gremio periodístico de Tecate donde se menciona que de acuerdo con el Primer Protocolo de Seguridad y Regulación de Actividades Periodísticas de Tecate, Baja California, signado el 5 de enero de 2017 en esta ciudad y donde se contemplan las medidas necesarias para llevar a cabo la actividad periodística y las garantía que la autoridad brinda para ello, exponemos un caso en el que corroboramos el no cumplimiento al mismo.

Así mismo, el Artículo 7mo. Constitucional ordena que “Es inviolable la libertad de difundir opiniones, información e ideas, a través de cualquier medio”. No se puede restringir este derecho por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares, de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios y tecnologías de la información y comunicación encaminados a impedir la transmisión y circulación de ideas y opiniones.

Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni coartar la libertad de difusión, que no tiene más límites que los previstos en el primer párrafo del Artículo 6º. de esta Constitución. En ningún caso podrán secuestrarse los bienes utilizados para la difusión de información, opiniones e ideas, como instrumento del delito. En un flagrante acto de intimidación y coartando la libertad de prensa.

Ley para la Protección de Personas Defensoras de los Derechos Humanos y Periodistas, tiene por objeto establecer la cooperación entre la Federación y las Entidades Federativas para implementar y operar las Medidas de Prevención y Protección que garanticen la vida, integridad, libertad y seguridad de las personas que se encuentren en situación de riesgo como consecuencia de la defensa o promoción de los derechos humanos, y del ejercicio de la libertad de expresión y el periodismo. Y luego está la Cámara de senadores y diputados.

Para efectos de la Ley se entiende por agresión, todo daño a la integridad física o psicológica, amenaza, hostigamiento o intimidación que por el ejercicio de su actividad sufran las Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas.

Periodistas: Las personas físicas, así como medios de comunicación y difusión públicos, comunitarios, privados, independientes, universitarios, experimentales o de cualquier otra índole cuyo trabajo consiste en recabar, generar, procesar, editar, comentar, opinar, difundir, publicar o proveer información, a través de cualquier medio de difusión y comunicación que puede ser impreso, radioeléctrico, digital o imagen.

Nadie tiene el derecho de prohibir o limitar mi libertad de expresión. (Artículos 6º y 7º constitucionales; y artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos). Tengo derecho a manifestar y difundir mis opiniones e ideas, así como a buscar, recibir y difundir información, es que venimos a presentar el siguiente para que se tomen las medidas que ustedes consideren necesaria.

Posicionamiento. Exigimos respeto y garantías al trabajo de acuerdo con los hechos narrados por la periodista Gabriela Peña Duarte, Directora del Semanario Punto y Aparte y miembro de la comunidad periodística tecatense. La noche del martes 17 de septiembre, se presentó a realizar la cobertura de un hecho criminal en el fraccionamiento Santa Anita, conocedora de los protocolos de actuación, basados en el Sistema de Justicia Penal, nunca traspasó el cordón que delimita una escena delincuencial, por lo que se dispuso a tomar fotografías del área, cuando se le acercó un par de elementos de la Policía Municipal (Hombre y mujer) para impedirla a que tomara gráficas y pedirle que se retirara del lugar, argumentando que no podía estar en ese sitio y menos con una cámara. Ella se identificó como prensa, cosa que los policías no respetaron y en un tono prepotente le siguieron indicando que se retirara. Minutos después, se le acercó una persona, identificado después como elemento policíaco de la Dirección de Seguridad Ciudadana y con palabras altisonantes le dijo que se fuera del lugar, que no quería que tomara fotografías, a pesar de que estaba retirada de la zona limitada y que por ética periodística no estaba tomando gráficas de la víctima, solo de la escena para realizar su trabajo informativo.

Consideramos que este hecho marca una violación al protocolo citado y firmado por las autoridades y representantes de medios de comunicación, por ello los abajo firmantes nos unimos al REPUDIO a estos actos de intimidación, de prepotencia y de tratar de impedir la realización profesional del ejercicio periodístico, así mismo solicitamos de acuerdo al artículo 8vo. constitucional, se nos dé respuesta por la misma vía presentada, así mismo se realice de acuerdo al protocolo firmado, una reunión con los mandos policíacos municipales para nombrar los criterios que garanticen la seguridad de los periodistas de Tecate y en general para el desempeño de sus funciones enmarcados en la Carta Magna y los tratados internacionales firmados por México ante la ONU.

Que Dios los Bendiga.

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