La facturación instantánea es un nuevo mecanismo opcional de facturación donde a través de la Terminal Punto de Venta, al realizar el pago con tarjeta de crédito o débito, se generará de manera inmediata la factura.

El comprobante de pago contendrá un código QR con el que se podrá verificar la factura generada, el código QR contendrá:  

  • La URL de acceso al servicio donde muestra los datos del comprobante.
  • Folio Fiscal del comprobante.
  • RFC del emisor.
  • RFC del receptor.
  • Total del comprobante.
  • Ocho últimos caracteres del sello digital del emisor del comprobante.

El contribuyente podrá consultar y descargar su factura a través del Portal del SAT con su RFC y Contraseña o e.firma (XML y representación impresa).

Las facturas cumplirán con el estándar técnico del Anexo 20 y con los requisitos fiscales. Esto permite simplificar el proceso de obtención de la factura. 

En días pasados el Servicio de Administración Tributaria, (SAT); Publicó en su página de internet, una nota sobre algunas dudas que los contribuyentes han manifestado, con motivo de esta modificación, de las cuales a continuación comentaré las más importantes.

¿En qué consiste la factura instantánea?

El SAT y la AMB se unieron para brindarles una facilidad a los contribuyentes para que se ahorren tiempo en facturar sus compras pagadas a través de tarjetas bancarias. Esta facilidad consiste en que al momento en el que un consumidor realiza el pago de un producto o servicio a través de tarjetas bancarias en terminal punto de venta e indica que requiere factura, la terminal punto de venta imprimirá un recibo en el cual se incluirá un código QR que incluye la información del folio fiscal de la factura emitida.

¿Es obligatoria la Facturación Instantánea?

No. Es de uso opcional por parte de quien factura, en caso de no tomar dicha opción se seguirá aplicando el proceso de facturación como hasta hoy en día se realiza.

¿Se eliminará el actual modelo de facturación para incorporar el esquema de la factura instantánea?

No. Este nuevo modelo de facturación es una alternativa para los contribuyentes. 

¿A través de que medio se realizará el registro del RFC en el chip de las tarjetas bancarias?

Los contribuyentes interesados en aplicar esta facilidad tendrán que dar de alta su RFC con su institución financiera en un proceso que podría realizarse en las mismas terminales punto de venta, sucursales bancarias, o según lo defina el banco.

Esta facilidad, ¿será aplicable a todos los contribuyentes?

Sí será aplicable para aquellos contribuyentes que acepten como medio de pago tarjetas bancarias (De crédito y débito), cuenten con una terminal punto de venta actualizada y que su operación se ajuste a esta forma de facturación.

En caso de que quiera facturar a un RFC diferente al registrad en la tarjeta, ¿cómo debería ser el proceso de emisión a través de la TPV?

La factura instantánea aplica únicamente para el titular de la tarjeta, por lo que, si requiere factura para un RFC diferente al del titular de la tarjeta no se podrá aplicar la facilidad de la Factura instantánea. Se tendrá que solicitar la factura como hoy se hace.

¿Cómo se ingresa la información de los conceptos/ producto o servicio en la TPV para poder emitir la factura?

La TPV tendrá un proceso de configuración previo a la operación, en el cual se ingresarán los productos o servicios del establecimiento con la finalidad de emitir los comprobantes de manera instantánea.

Una vez facturado a través de la TPV, ¿cómo podré obtener la factura?

A través del Portal del SAT se podrá descargar la representación impresa y el XML de la factura.

¿Desaparecerán los portales de facturación?

No. Este es un nuevo mecanismo alternativo para los contribuyentes que realicen sus pagos a través de tarjetas bancarias obtengan su factura, por lo que continúan vigentes los actuales medios de facturación.

Si facturo a través de un PAC (Proveedor Autorizado de Certificación), ¿será necesario realizar algún ajuste al sistema de facturación para aplicar esta facilidad?

No. Una vez configurada la terminal TPV, esta se conectará al SAT enviando los datos de la transacción para que se timbre la factura correspondiente.

¿Este mecanismo alternativo de facturación estará vinculado a la nueva plataforma de cobros digitales CoDi?

Por el momento no se está considerando su integración, ya que para generar la factura instantánea es necesario contar con una tarjeta bancaria que contenga el RFC del titular en el chip.

¿Existirá un número máximo de facturas a emitir por la TPV?

No se tiene previsto limitar el número de facturas que podrá emitir cada establecimiento. El número estará en función de las capacidades operativas de cada establecimiento.

¿El SAT realizará algún cobro por el servicio de timbrado de las facturas que se emitan vía la TPV?

Todos los servicios que brinda el SAT en materia de facturación son gratuitos.

Por su parte, el SAT asegura que este nuevo esquema de facturación digital de manera instantánea, es solo una facilidad más para los contribuyentes; sin que tenga nada que ver con los esquemas de verificación y revisión fiscal en materia del cumplimiento de obligaciones fiscales, léase auditorias, sin embargo, algunos especialistas fiscales, creen que el CoDI y las facturas instantáneas solamente se usarán para mejorar la fiscalización y combatir la informalidad.

Fuente: WWW.SAT.Gob.MX

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