Con la entrada en vigor de las reformas fiscales para este 2020, se implementaron importantes cambios fiscales, son varias disposiciones que sin duda alguna provocan molestias y cambios significativos en la administración interna del sector empresarial. Para algunos contribuyentes y asesores fiscales estos son ya un dolor de cabeza, por la gran cantidad de requisitos en la forma de cumplimiento con sus obligaciones fiscales, que sin duda alguna incrementan las cargas administrativas de trabajo y repercuten en los costos de operación.

En esta ocasión comentare  los nuevos requisitos para el cumplimiento del timbrado de nómina haciendo énfasis en los cambios más importantes.

Se actualizaron las guías de llenado del anexo 20 y complemento de nómina, estos cambios entran en vigor a partir del 01 de enero de 2020.

Los principales cambios son:

Anexo 20, Guía de llenado de los comprobantes fiscales digitales por Internet: Se modificó la representación del CFDI del Apéndice 5 Procedimiento para el registro de Subsidio para el empleo causado, cuando no se entregó en efectivo, el campo TipoOtroPago, se ingresará la clave “002” (Subsidio para el empleo efectivamente entregado al trabajador).

Se precisó en el campo Descripción de la representación gráfica de las factura del Apéndice 10 Caso de Uso Emisión del CFDI por donativos otorgados en numerario o en especie y donativos globales en numerario o en especie.

En la guía de llenado del Comprobantes Fiscal Digital a través de Internet que ampara retenciones e información de pagos, se precisa que en el CFDI no se deben registrar cantidades en negativo.

Guía de llenado del comprobante del recibo de pago de nómina y su complemento.

Actualización del fundamento legal debido a la reforma de la Ley Federal del Trabajo.

Adición de un párrafo al campo Tipo Régimen, para aclarar que se deben emitir dos CFDI cuando se pague una nómina ordinaria y a su vez el pago de separación del trabajador, o bien se puede emitir un CFDI con dos complementos de nómina para que en uno se especifique el sueldo ordinario y en el otro el pago de la separación del trabajador.

Se precisa en el campo Año del Nodo Compensación Saldos A Favor que para determinar al año en curso se deberá considerar el atributo “Fecha Pago”.

Actualización del Apéndice 1 Notas Generales para especificar que conceptos deben clasificarse con la clave “051” y se eliminó el fundamento legal referente a las exenciones establecidas en el artículo 93 de la LISR.

Modificación de la representación del CFDI del Apéndice 5 Procedimiento para el registro de Subsidio para el empleo causado, cuando no se entregó en efectivo.

Modificación a la descripción de la clave 047 en el Apéndice 6 Matriz de percepciones y deducciones para el pre llenado de la declaración anual de nómina.

Se adicionan dos apéndices 7 y 8 que describen el Procedimiento para el registro del ajuste del Subsidio para el empleo causado cuando se realizan pagos por períodos menores a un mes y el Procedimiento para el registro de la diferencia del ISR a cargo en CFDI de nómina.

El expedir comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI) por concepto de nómina, es una obligación de los contribuyentes personas físicas o morales que en la realización de una actividad económica efectúen pagos a sus trabajadores por concepto de salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado o a contribuyentes asimilados a salarios, conforme a lo establecido en los artículos 27, fracciones V, segundo párrafo y XVIII y 99, fracción III de la Ley del ISR y artículo 54 del Reglamento de dicha Ley, en relación con los artículos 29, segundo párrafo, fracción IV del CFF y 39 del Reglamento del CFF y las reglas 2.7.5.1., 2.7.5.2. y 2.7.5.3., de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente. Este comprobante puede utilizarse como constancia o recibo de pago para efectos de la legislación laboral a que se refieren los artículos 132 fracciones VII y VIII y 804, primer párrafo, fracciones II y IV de la Ley Federal de Trabajo. Para verificar y validar que las claves de RFC de los trabajadores o asimilados a sueldos sean correctas y estén efectivamente registradas en el SAT, puedes ingresar al Portal del SAT en donde existe una herramienta que te permite realizar tus validaciones de manera oportuna. Accede a la aplicación en el siguiente vínculo: https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/ConsultaRFC/

Esto evitará problemas para poder cumplir con la emisión del comprobante.

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