Ya es posible tramitar el pago en parcialidades de las cuotas del IMSS en línea, los patrones que tengan problemas con el pago de las cuotas obrero-patronales pueden solicitar un convenio con el IMSS enviando la solicitud vía correo electrónico.

Basados en el boletín 191 del 13 de abril de 2020 que publicó el IMSS en su página, se dio a conocer que el importe a cubrir inicialmente será del 20% de la cuota patronal y del 100% de la obrera, el resto podrá diferirse hasta un máximo de 48 meses.

Los patrones podrán elegir entre las siguientes opciones para el plazo de diferimiento Interés mensual:

  • Hasta 12 meses 1.26%
  • De 12 a 24 meses 1.53%
  • De 24 a 48 meses 1.82%

Convenio de pago en parcialidades del IMSS por COVID-19

Este convenio no es nuevo, ya que se contempla en la Ley del Seguro Social vigente en los artículos 40-C y 40-D, el único beneficio del convenio es que para la autorización del pago en parcialidades se dará sin las garantías fiscales del acuerdo del consejo técnico ACDO. AS2. HCT.300419/150.P.DIR, del 30 de abril de 2019.

Solicitar el acuerdo con el IMSS por correo electrónico

El 21 de abril publicó el IMSS los pasos para realizar el trámite del convenio en línea, a través del correo electrónico convenio.orienta@imss.gob.mx y el número telefónico 800-6232-323.

Por medio de dicho número y correo, el Instituto ofrecerá a todo patrón interesado asesoría para celebrar, de modo simplificado, el convenio de pago a plazos sin necesidad de garantizar el interés fiscal.

Para formalizar el Convenio, no es necesario que, por el momento, el patrón acuda a una Subdelegación del IMSS, solamente debe enviar al correo electrónico señalado:

  • Tarjeta de identificación patronal.
  • Identificación oficial vigente del patrón, sujeto obligado o representante legal (INE, pasaporte, cédula profesional).
  • Acta constitutiva de la persona moral (Únicamente las hojas donde se señala la razón social para la cual fue creada, así como aquélla que contenga el folio del Registro Público de la Propiedad y del Comercio).
  • Poder notarial del representante legal (Únicamente la hoja donde se señala la facultad conferida por la persona moral, debiendo ser específica para la realización de trámites ante entidades públicas o actos de administración).
  • Escrito libre solicitando la autorización del pago a plazos y los plazos para hacerlo.

Verificada la información, el patrón interesado recibirá por correo electrónico el proyecto de Convenio y la ficha de depósito con la línea de captura correspondiente, la cual podrá pagar por medio de SPEI al banco HSBC.

De optar por el Convenio, el patrón sólo deberá iniciar su pago hasta que reciba la ficha de depósito en su correo electrónico.

En términos del artículo 304-C de la Ley del Seguro Social, la suscripción del Convenio evitará multas, al entenderse que el patrón concernido cumple espontáneamente con sus obligaciones en materia de seguridad social en el marco de la declaratoria de emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, según el Acuerdo del Consejo de Salubridad General publicado el 30 de marzo del año en curso en el Diario Oficial de la Federación.

Fuente: Comunicado 191 IMSSComunicado 213 IMSSDOF 30-03-2020.

Por C.P. Y L.D. Francisco Javier Rebelín Ibarra

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