Los ciudadanos no votaron por ningún periodo en las boletas electorales, solo lo hicieron por los candidatos inscritos en las mismas, lo que se tradujo en una elección donde hasta el voto duro del PRI y PAN se sumó para que MORENA ganara todos los espacios de elección popular por mayoría relativa; aun así un promedio del 70.5% de abstencionismo, “Siete de cada diez bajacalifornianos potenciales votantes inscritos en el listado nominal no fueron a votar”, profundiza el investigador y politólogo del Colegio de la Frontera Norte (COLEF) Víctor Espinoza Valle.

Esto nos hace entender que el descontento de los electores fue evidente, y además de los militantes de los partidos tradicionales en el Estado, esto dio el triunfo total a este partido, haciendo notar que votaron en su gran mayoría por la etiqueta, por el logo AMLO, más que por los candidatos; pero para dar un ejemplo solo en Estado Unidos, a los ciudadanos se les permite votar por candidatos y además por propuestas de Ley por referéndum, este es un procedimiento jurídico por el que se somete a votación popular una Ley o un asunto de especial importancia para el Estado, situación que no sucede en nuestro país en este momento, aunque ya existe la Ley de Participación Ciudadana.

En fin, en la pasada elección mienten los partidos que aseguran y afirman que los ciudadanos votaron por el periodo de dos años para Gobernador, y su caso para Munícipes y Diputados Locales, porque en la Constitución Política del Estado de Baja California, solo el Congreso del Estado por más de las dos terceras partes de sus miembros, 25 Diputados de los cuales 17 son elegidos por elecciones y 8 por representación proporcional, y con la mayoría de los ayuntamientos, pueden hacer cambios en la Constitución Política del Estado.

En el Artículo 8vo. Transitorio, para quedar claro, los ciudadanos de manera directa no tienen la facultad de cambiar o modificar, o proponer nuevos Artículos en la Constitución Estatal o Federal, esto es facultad de los Congresos Estatales y federales, por lo que nunca los electores votaron por periodos de administración pública en el Estado, fueron de acuerdo a la Constitución Estatal, el Congreso del Estado y Municipios.

En este último asunto fueron 21 Diputados Locales, con una abstención, tres ausentes y los tres Municipios de Ensenada, Playas de Rosarito y Tecate, este último voto cerrado de 5 a 4, con esto, se logró la ampliación del periodo de 2 a 5 años para la Gubernatura, pero aun así siguen alegando e impugnando, y a su vez expulsando de sus partidos el PRI, PAN, PRD y otros, en una guerra política de interés particular, poniendo a los electores de frente, en un proceso que nunca intervinieron, pero sin importar el costo para los mismos con el solo interés político de recuperar el poder en dos años a cualquier costo económico que paga después todo el pueblo. Pero aun dándoles la razón, según ellos, que los ciudadanos votaron por los años, el periodo para Gobernador ya estaba impugnado cuando faltaban 100 días para los comicios del 2 de junio, el Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Baja California (Tjebc), ordenó al Instituto Estatal Electoral (IEE), que publique una nueva convocatoria en la que se estipule que el periodo de la Gubernatura se amplía de dos a cinco años; aquí los dirigentes de los partidos Acción Nacional (PAN) y Revolucionario Institucional (PRI) anunciaron que impugnarían la resolución ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

En la reforma electoral aprobada en 2014 los entonces integrantes de la 21 Legislatura modificaron el Artículo 44 de la Constitución Local para reducir el periodo de la Gubernatura, Ayuntamientos y Diputaciones Locales a dos años y 10 meses con la finalidad de empatar los procesos electorales locales con los federales y la finalidad central era reducir los costos de las elecciones y lograr una mayor participación en las urnas, ya que en un periodo de seis años habría cinco comicios, lo que, argumentaban, provocaba una saturación que se reflejaba en un abstencionismo hasta de 70%.

En la sesión del Tjebc celebrada la noche del domingo, los Magistrados dejaron sin efecto las modificaciones a la Constitución de Baja California plasmadas en el Artículo Octavo Transitorio, con la misma reflexión, con el argumento de que se violan los derechos fundamentales de los candidatos con un periodo de dos años. Los Magistrados Leobardo Loaiza y Jaime Vargas, resolvieron que el próximo Gobernador inicie su periodo el primero de noviembre de 2019 y concluya en 2024, la resolución del Tjebc se dio a partir de dos impugnaciones que presentó la abogada Blanca Favela Dávalos: La primera para rechazar la reducción del periodo de seis a dos años que aprobó el Congreso y segunda para oponerse a la convocatoria de Morena de circunscribirla a un candidato único, lo cual le impidió participar en el proceso interno, ya que ese partido postuló como candidato a Jaime Bonilla Valdez, Delegado del Gobierno Federal en el Estado.

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