El Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) es un indicador económico que se emplea recurrentemente, cuya finalidad es la de medir a través del tiempo la variación de los precios de una canasta fija de bienes y servicios representativa del consumo de los hogares.

De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), encargado de recopilar la información y hacer la medición quincenal y mensual, los Índices Nacionales de Precios (INP) son indicadores económicos que miden las variaciones de precios a través del tiempo en los bienes y servicios que se consumen en los hogares, así como de los que se producen en el país. Estos índices son utilizados para medir la inflación, como un proceso generalizado y sostenido en el aumento de precios.

La finalidad del Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) es estimar la evolución de los precios de los bienes y servicios que consumen las familias en México.

Origen y desarrollo del INPC

A partir de 1968 se inicia formalmente el cálculo del INPC y se establece por primera vez una base fija de comparación; la base actual de referencia corresponde a la segunda quincena de diciembre de 2010.

Desde el arranque de su medición y hasta junio de 2011, los Índices Nacionales de Precios fueron calculados por el Banco de México. Con la entrada en vigor de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica se otorgó al INEGI la facultad exclusiva en la elaboración de este indicador, por lo que, a partir del 15 de julio de 2011, el Instituto cotiza, analiza, calcula y publica periódica y sistemáticamente los índices INPC e INPP.

Por la relevancia que tiene el gasto familiar en el gasto agregado de la economía, las variaciones del INPC se consideran una buena aproximación de las variaciones de los precios de los bienes y servicios comercializados en el país, de ahí que el principal uso que se hace del INPC es para estimar la inflación, entendida como el crecimiento continuo y generalizado de los precios de los bienes y servicios que se expenden en una economía.

El INEGI enfatiza que es de particular importancia lograr una medición lo más precisa posible de la inflación debido a que es un fenómeno económico altamente nocivo, debido a que:

1. Afecta la estabilidad del poder adquisitivo
2. Perturba el crecimiento económico, al elevar los riesgos de los proyectos de inversión
3. Distorsiona las decisiones del consumo y el ahorro
4. Propicia una desigual distribución del ingreso, y
5. Dificulta la intermediación financiera por el efecto que tiene en las tasas de interés

Cálculo de la actualización del tributo

Para calcular la actualización de las contribuciones debes aplicar el factor de actualización a las cantidades pendientes de pago; dicho factor se obtiene de dividir el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) del mes anterior al más reciente del periodo entre el INPC correspondiente al mes anterior al más antiguo de dicho periodo (Art. 17-A, CFF).

Concepto INPC del mes anterior a aquel en el que se va a efectuar el pago
Entre: INPC del mes anterior a aquel en el que debió haber efectuado el pago
Igual: Factor de actualización

No obstante si el cociente es menor a uno, el factor de actualización a aplicar al monto de las contribuciones, los aprovechamientos y las devoluciones a cargo del fisco federal, así como de los bienes u operaciones de que se traten, será uno.

Ejemplo:

El 17 de enero de 2015 se debió haber cubierto el ISR correspondiente a pagos provisionales de diciembre de 2014 por un monto de 2, 456,813.17 pesos; sin embargo, el entero se realizará el 27 de julio de 2015.

  Concepto Cantidades
  INPC de junio 2015 115.9580
Entre: INPC de diciembre 2014 116.0590
Igual: Factor de actualización 0.9991

Como en este supuesto las fechas referidas a la causación y el pago de impuestos genera deflación se debe aplicar el factor de actualización uno.

  Concepto Cantidades
  ISR que debió haber pagado el 17 de enero de 2015 $2,456,813.17
Por: Factor de actualización 1.0000
Igual: Contribución actualizada (Deflación) $2,456,813.17

Artículo 17-A.- del Código Fiscal de la Federación (CFF)

El monto de las contribuciones, aprovechamientos, así como de las devoluciones a cargo del fisco federal, se actualizará por el transcurso del tiempo y con motivo de los cambios de precios en el país, para lo cual se aplicará el factor de actualización a las cantidades que se deban actualizar. Dicho factor se obtendrá dividiendo el Índice Nacional de Precios al Consumidor del mes anterior al más reciente del periodo entre el citado índice correspondiente al mes anterior al más antiguo de dicho periodo. Las contribuciones, los aprovechamientos, así como las devoluciones a cargo del fisco federal, no se actualizarán por fracciones de mes.

Caso práctico de actualización

A continuación de explicamos cómo es que se obtendrá este factor, para lo cual explicaremos de forma práctica y como se aplica a una contribución que se debió pagar:

Datos de la contribución:

Monto histórico 100,000.00
Mes al que corresponde el pago Enero 2014
Fecha en que se debió pagar 17/febrero/2014
Fecha en que se pagó 21/octubre/2014

Cálculo del factor:

INPC del mes anterior al que se efectúa el pago Septiembre 2014 113.939
Entre
INPC del mes anterior en que se debió pagar Enero 2014 112.505
Factor de actualización 1.0127

De este modo aplicamos el factor de actualización:

Contribución histórica 100,000.00
Por el factor obtenido 1.0127
Monto actualizado 101,270.00

Cantidad que aumentó por actualización:

Monto actualizado 101,270.00
Menos contribución histórica u original 100,000.00
Actualización 1,270.00

Este es el procedimiento para actualizar el pago de una contribución extemporánea o fuera de tiempo, además de la actualización de deberán aumentar la tasa de recargos por cada mes, la cual está de 1.30 % actualmente por cada mes.

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