A la fecha no hay una definición concreta de lo que es la soberanía nacional, si deseamos saber que es la soberanía nacional nos podemos concretar en los artículos 1,2,25,49 y demás relativos de la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, si nos concretamos de una manera general a una definición, se entendería que la seguridad nacional es aquella que nuestro gobierno rector tiene la obligación de garantizar a sus gobernados la paz, la tranquilidad, la seguridad tanto jurídica como política y social para el buen desarrollo de la democracia y el buen vivir de su población.
En los años 70, en la época de las dictaduras en América latina así como Estados Unidos, se entendía como seguridad nacional aquella que otorgaba el gobierno y repelía cualquier agresión a sus instituciones, poderes, democracia y su soberanía. Fue mal aplicada y se aprovechó con la finalidad de atacar, encarcelar, violar derechos humanos de todas aquellas personas que no estuvieran desacuerdo con su gobierno repeliendo las manifestaciones y en su caso concreto, desaparecidos y muertos, ya que los que llegaron a estar vivos se les encarcelaba y se les consideraban como presos políticos. En el caso de Estados Unidos de Norte América, en la guerra fría fue utilizada la palabra de seguridad nacional y se aplicaba a todos aquellos de pensamiento liberal y se les atacaba como comunistas o terroristas, y se hacía una persecución como el nacionalismo que nació en contra de los judíos, o en su caso muy peculiar en el caso de México en la época de la colonia, todo aquel que estaba en contra de su gobierno se le enjuiciaba, por la inquisición.
Porque hago alusión a la palabra seguridad nacional, porque nuestro actual Presidente de la República, mencionó en sus pláticas mañaneras que se habían opuestos al amparo promovido por unos vecinos del aeropuerto de Santa Lucía y mencionó que por encima de todo estaba la seguridad nacional de nuestro país y que la suprema corte de justicia en un momento determinado debería resolver sobre dicha inconformidad. Me pregunto si los que promueven dicho amparo no son parte de la seguridad nacional que tanto mencionan en su cuarta trasformación y que la construcción del nuevo aeropuerto que se pretende construir en Santa Lucía, el cual se le denominará con el nombre del general Felipe Ángeles, siendo un aeropuerto internacional/comercial, está englobado en la seguridad nacional y que dicha palabra en un momento determinado, si se diera en dicho amparo o resolución sería un precedente en que la palabra seguridad nacional se utilizaría como fue en los años 1970.
Por cierto, en aquella época en México, existía una policía que se le llamaba seguridad nacional, y realizó las atrocidades más violentas en la vida política y social de México. El presidente Andrés López Obrador, en su presentación mañanera con la prensa nacional, dijo que tenía conocimiento que el ex ministro de la suprema corte de la justicia, José Ramón Cossío Días, estaba asesorando a un grupo de abogados o de inconformes para la realización de dichos amparos, y sin ninguna prueba lo hizo público y de forma inmediata al tener el conocimiento el ex ministro de la Suprema Corte de Justicia, José Ramón Cossío Días, le contestó que desconocía los amparos antes mencionados, pero que si podía haber conocido o tratado algunos promoventes, es porque somos del mismo gremio, lo cual de inmediato López Obrador, aceptó dicha contestación, pero en ningún momento pidió disculpa al ex ministro.
Ese mismo día, criticó a la asociación civil y a sus abogados de que los dieciséis amparos promovidos están patrocinados o están recibiendo bastante dinero lo cual de la misma manera les contestó su representante legal o promovente que desde el sexenio pasado se les había investigado y realizado varias auditorías y que se oponían a la realización de tal aeropuerto porque era un capricho del presidente y que se iba a derrochar mucho dinero y que toda la inversión multimillonaria del aeropuerto de Texcoco se perdería, así mismo aclaró que los amparos se habían promovido por la sencilla razón de que dicha obra no tiene permisos y estudios científicos para su realización y que el día de hoy el juez quinto de distrito resolverá sobre la revocación de los amparos que ya se les había otorgado, a lo cual manifestó que dicha decisión no la puede tomar dicho tribunal porque faltan pruebas que desahogar.
A que concluimos mis querido lectores, que el amparo es el recurso o juicio al que puede acudir cualquier persona por más rico o pobre en la cual se sienta que se han violado sus derechos, su patrimonio o interés particular, sería injusto que como dice el artículo 49 sobre la división de poderes, nuestro país se compone de tres poderes, el poder ejecutivo, legislativo y judicial, y no es posible que los poderes se encuentren en una misma persona o se conjuguen en una misma institución. El poder ejecutivo que representa el presidente López Obrador, con su sola declaración está interviniendo en un poder que está representado por el poder judicial.
Otra aclaración para el buen entendedor, el ex ministro José Ramón Cossío Días, con el pleno conocimiento capaz y como una institución del derecho constitucional y del juicio de amparo no está impedido para opinar o para presentar un amparo como cualquiera otra persona.
Nos vemos a la próxima.
Por Alfonso Caballero Barragán