Recordemos que la pandemia por coronavirus inició en China a finales de 2019, y nos llegó a México a finales de febrero del 2020, con el primer caso confirmado que se presentó en la Ciudad de México, ​por parte de un mexicano que viajó a Italia, desde ese primer caso a la fecha nos han llovido una infinidad de noticias respecto a esta enfermedad y los casos de personas infectadas han ido multiplicándose, la reciente declaratoria de cuarentena en el vecino Estado de California, nos ha puesto en alerta máxima a los residentes fronterizos, esto pese a que las autoridades han recomendado cautela y obsesiva prevención.

Con la suspensión de clases en las escuelas y el cierre parcial de los cruces fronterizos es inminente que dentro de poco tiempo estaremos en una cuarentena forzada y no deberemos salir de nuestras casas, incluyéndose el cierre de empresas no indispensables y por ende la suspensión temporal de las relaciones de trabajo, es aquí donde surgen las preguntas tanto de trabajadores como de patrones.

Primero hay que considerar que tendría que existir una declaración de contingencia sanitaria de una autoridad, donde se declare la suspensión de las labores, en dicha declaratoria se  debe señalar con claridad los términos y actividades a suspender, pudiendo ser esta de carácter municipal, estatal o federal.

Desde el momento que se indique en la publicación de la declaratoria de contingencia o emergencia sanitaria, el patrón ya no tiene que pedir autorización a la Junta de Conciliación y Arbitraje, para  suspender actividades.

El patrón estará obligado a pagar una indemnización equivalente a un día de salario mínimo general vigente ($185.56 pesos), por cada día que dure la suspensión, sin que pueda exceder de un mes, de prolongarse más de dicho plazo sería sin pago alguno a los trabajadores.

Una vez que concluya el plazo señalado en la declaratoria de  contingencia, los trabajadores estarán obligados a reanudar sus actividades.

Aquí lo recomendable es que exista una buena comunicación entre el personal de la empresa y sus trabajadores sobre esta   situación, y de existir sindicato que represente a los trabajadores involucrarlos a efecto de no afectar derechos de los trabajadores y lograr una comunicación efectiva para evitar conflictos laborales.

Una de las situaciones que se han venido dando en la actualidad es lo referente a que en algunas empresas están impidiendo el acceso a laborar a algunos trabajadores que presentan síntomas de enfermedades respiratorias, en algunos casos solo por toser o traer moco los regresan de la puerta de acceso, obvio descontándoseles el salario del día, lo cual  resulta incorrecto pues en todo caso se debe acudir al Instituto Mexicano del Seguro Social, el cual se encargará de su situación de salud y en su caso otorgar la incapacidad por enfermedad según lo considere el médico tratante, por lo cual el patrón estará obligado a recibirlo una vez que dicho instituto determine si está en aptitud de regresar a su empleo, con lo cual no procederán descuentos salariales.

Ahora bien, en algunos otros casos han resultado severas afectaciones económicas a las empresas, pues sumado la inestabilidad económica mundial, crisis de los precios del petróleo, la psicosis por la pandemia, los negocios han dejado de recibir materias primas para su producción, o están imposibilitados para obtener fondos para continuar produciendo lo cual también está previsto en la Ley del Trabajo solo que en estos casos se requiere autorización previa a la suspensión de actividades.   

Con esto me despido de ustedes amables lectores, hasta la próxima semana con más novedades del mundo del trabajo, no olviden que este y otros temas los analizamos en el programa de radio denominado LA HORA DE LA DEFENSA DEL TRABAJO que se transmite en la Súper KT 88.5 FM, por Facebook y YouTube en el portal de noticias de California Medios en punto de mediodía de todos los viernes de la semana. 

José Lara García, es un abogado litigante Tecatense, también se ha desempeñado en la administración pública municipal como Síndico Procurador y otros cargos administrativos; en la administración Pública Estatal fungió como Procurador General de la Defensa del Trabajo del Gobierno de Baja California.

Correo: joselaragarcia@hotmail.com
Facebook: PepeLara
Cel. 665 393 19 91

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